Solo el organismo de tránsito municipal puede aplicar multas. La empresa operadora de la Zona Azul (concesionaria) no tiene potestad para multar: únicamente detecta irregularidades y las comunica al organismo competente [1].
La división de responsabilidades
| Entidad | Puede hacer | No puede hacer |
|---|---|---|
| Operadora/Concesionaria | Fiscalizar, emitir aviso de irregularidad, cobrar la TPU | Aplicar multas de tránsito |
| Organismo de Tránsito Municipal | Aplicar multas, levantar el acta de infracción | Operar el sistema de cobro |
| Agente de Tránsito | Sancionar, emitir el acta de infracción de tránsito | Cobrar la TPU |
Cómo funciona en la práctica
- El Vehículo OCR de Areatec o el agente con Talonario Electrónico detecta un vehículo irregular
- El sistema genera un Aviso de Irregularidad (AI), que NO es una multa
- El conductor tiene el plazo de su ciudad para pagar la TPU (regularización)
- Si no regulariza, la operadora lo comunica al organismo de tránsito
- El organismo de tránsito (no la operadora) levanta el acta de infracción de tránsito (AIT)
- Solo entonces se trata de una multa oficial con puntos en la licencia
Base legal
El Código de Tránsito Brasileño (Art. 280) es claro: solo los agentes de la autoridad de tránsito pueden levantar actas de infracción. La operadora privada actúa como un brazo operativo, pero la decisión de multar siempre corresponde al poder público [1].
Areatec provee la tecnología (Vehículo OCR, Aretron, Talonario Electrónico) que permite al municipio fiscalizar de forma eficiente, pero la autoridad sancionadora permanece exclusivamente en manos del organismo público.